De acuerdo a la normativa vigente, la colegiación es un requisito legal exigido a los egresados en biología para poder ejercer la profesión libre como biólogo. Así pues, para las profesiones reguladas, como es el caso de la profesión de Biólogo, se aplica lo Real Decreto 693/1996, de 26 de abril (BOE de 23 de mayo de 1996), pudiendo ejercer la profesión de manera libre ya que su función no debe perjudicar a la libre sindicación (artículo 7). Los funcionarios públicos y demás personal que presten sus servicios en las Administraciones públicas quedan exceptuados de la colegiación.

La profesión regulada, así como la posibilidad de asociación profesional se recoge en el Artículo 3 de la Constitución Española, y posteriormente se regula en la Ley 75/1980 de 26 de diciembre de creación del Colegio Oficial de Biólogos (COB) y la Ley 23/1999 de 6 de julio, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos.